Con fundamento en los artículos 2, 26, 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y artículo 640 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: FIRME EL DECRETO DE INTIMACIÓN, dictado en este proceso el día27 de noviembre 2025 y como consecuencia de ello, se condena al intimado, ciudadano EMILIO JOSÉ CARREÑO RENGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-22.701.590 a pagar las sumas siguientes:PRIMERO: La cantidad de SESENTA Y SEIS MIL DÓLARES AMERICANOS (USD 66,000,00) equivalentes a DIECISÉIS MILLONES CUARENTA Y CINCO MIL, DOSCIENTOS SESENTA BOLIVARES (BS. 16.045.260) a razón de DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES BOLÍVARES, CON ONCE CÉNTIMOS (Bs.243.11) para el día 25 de.....