IV
DISPOSITIVA
En base a los razonamientos que anteceden este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en Sede Constitucional y de conformidad con lo preceptuado en los artículos 2, 26, 47, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de lo preceptuado en el artículo 6 numeral 1º de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, declara INADMISIBLE la presente ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por las ciudadanas ANGELICA SUAREZ, titular de la cedula de identidad N° V- 14.012.510, en su carácter de presidenta, ELIZABETH GUILLEN, titular de la cedula de identidad N° V- 13.689.692, en su carácter de secretaria, IRALI GUTIERREZ, titular de la cedula de identidad N° V- 9.288.371, en su carácter de Tesorera y RAIZA BERIA, titular de la cedula de identidad N° V- 15.877.432, en su carácter de suplente, actuando en nombre propio como co.....