En razón de lo antes expuesto este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE EL RECURSO DE CASACION, anunciado por la abogada, María Yeraldyn, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 154.71,actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, SOCIEDAD MERCANTIL CONSTRUCTORA ARZA C.A, inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha 20-04-1992, bajo el Nº 46, Tomo 479-A; reformados sus estatutos en fecha 15 de julio de 2014 inscrito ante el mismo Registro Mercantil bajo el Nº 48, Tomo 85-A de los Libros llevados por ante dicho Registro, identificada con el número de Registro de información fiscal (RIF) J-30002370-2, presentada en fecha Dieciséis (16) de Febrero de 2017, en contra de la sentencia dictada por este Juzgado, en fecha Tres (03) de Febre.....