En virtud de los razonamientos antes esgrimidos y de conformidad con lo establecido en los artículos98 y 102 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: SIN LUGARla RECUSACION intentada en fecha tres (03) de junio del 2025 por el Abogado FELIXANTONIO MORABITO GOMEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-8.353.766 inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 27.486 y de este domicilio en contra de la Abogada NEYBIS JOSE RAMONCINI RUIZ, en su condición de Jueza del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.