En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Se Declara Ejecutada la sentencia definitivamente firme publicada en fecha 14-07-2009, por el Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual CONDENÓ al penado WLADIMIR GARCIA, plenamente identificado ut supra, a cumplir la pena de TRES (3) AÑOS, DE PRISION MAS LAS ACCESORIAS PREVISTA EN EL ARTICULO 16 DEL CÓDIGO PENAL VIGENTE, por la comisión del delito de HURTO DE GANADO previsto y sancionado en el articulo 8° de la Ley Penal de Protección a la Actividad Ganadera, cometido en perjuicio del ciudadano OTILIO BRICEÑO;
SEGUNDO : Igualmente de conformidad con lo establecido en el Artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se establece que el .....