Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE, la presente demanda de DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL intentada por la ciudadana ANA JOSEFINA MUÑOZ DE FONSECA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V- 4.513.278, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana DELIANA JOSEFINA FONSECA MUÑOZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V- 12.940.911, contra la ciudadana MIRABAL DE SUCRE JUANA EVANGELISTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad No. V- 6.041.171.-
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia debidamente certificada a los fines indicados en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.-
Dado, Firmado en la Sala de Despacho de este Juzgado Primero de Primer.....