DISPOSITIVO
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 243 ordinal 4° del Código de Procedimiento Civil y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Sin Lugar la apelación interpuesta por el abogado LUIS ATILIO PEÑA MUZZIOTTI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.442.213 e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 42.074, actuando como apoderado judicial de la parte demandada-reconviniente ciudadano BENJAMIN JOSE BENITEZ ROMERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-16.697.304, y de este domicilio, en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Pr.....