El Juzgado Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Cabimas, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley acordó: EXTENDER EL LAPSO DE PRESENTACIONES DE LA IMPUTADA, FABIOLA ISABEL HERAS PEROZO, venezolana, mayor de edad, natural de Cabimas, soltera, Técnico Superior en Administración, titular de la Cédula de Identidad No. 11. 451.463, domiciliada en la Avenida Pedro Lucas Urribarrí, diagonal a la Licorería El Oso, en Puerto Escondido, Municipio Santa Rita, Estado Zulia, por lo que la imputada debe presentarse ante este la Oficina de Alguacilazgo del Circuito Judicial Penal, cada TREINTA (30) DIAS, todo de conformidad a lo establecido en el Artículo 264 Código Orgánico Procesal Penal, que hace procedente en todo tiempo la revisión total o parcial de las medidas cautelares acordadas.