Esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la presente solicitud de revisión de medida, formulada por el Abg. Marcos Morales Medina, en su carácter de Defensor Público Noveno Penal de esta Circunscripción Judicial, actuando como defensor del acusado Freddy Antonio Campos Padrón. Como consecuencia de esto, se NIEGA el pedimento de otorgar medida cautelar sustitutiva de libertad al ciudadano antes nombrado. y así se declara.