ACUERDA la medida de suspensión de los efectos solicitada por la empresa BLINDADOS DE ORIENTE, S.A. (BLINDORSA), según Providencia Administrativa Nro. 032/2010, de fecha seis (06) de octubre de 2010, contenidas en el Procedimiento Administrativo Sancionatorio, bajo el expediente USMON/031/2010, dictado por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales, mediante su Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Monagas y Delta Amacuro.