Dispositiva.
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas conforme a las normas y decisiones supra citadas y de acuerdo a lo establecido en el artículo 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley. Declara: Inadmisible, la presente Reconvención propuesta por Inepta Acumulación, y en consecuencia, declarar Sin Lugar, el recurso de apelación ejercido por la abogada Luisa Mercedes Díaz, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, ciudadana Marianella Quijada Davalillo, contra la decisión de fecha veintiuno (21) de mayo 2025, proferida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, con motivo del juicio de Resolución de Contrato, incoado por el ciudadano Karim José Cudabac.....