Por los razonamientos que anteceden este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con apego a los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR la apelación ejercida por el abogado Guillermo Vásquez Adrián en representación de la parte actora , en decisión emitida por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 03 de Abril del año 2006, en el juicio de PARTICION DE HERENCIA llevado en contra de los ciudadanos Abreu Jiménez Jesús y Abreu Jiménez Nancy. En los términos expresados se REVOCA el Auto apelado.
Como consecuencia de la referida decisión y de conformidad con el articulo 546 del Código de procedimiento civil, se ordena al Juzgado de la causa dejar sin efecto l.....