´DECISION
En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República de Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el desistimiento del procedimiento que formuló MARIA PINO PAREDES, IPSA N°41.067 y de este domicilio, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante los ciudadanos LIDELYS DEL VALLE SOUQUET GARCIA y LUDOVICUS JOHANNES MARIA BROES, de nacionalidad venezolana y holandesa, respectivamente, comerciantes, civilmente hábil, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V- 10.305.225 y E-84.499.118, domiciliados en Calle Juan Maldonado, Urbanización Parque, Residencia Juanico, Casa N° 24, Maturín estado Monagas, facultad que consta en el folio 09 de la presente causa, motivo del presente juicio de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO, contra los ciu.....