DECLARA:
a) CON LUGAR la solicitud de Rectificación del Acta de Nacimiento de la adolescente (se omiten los nombres de los niños y adolescentes por razones de confidencialidad), identificada con el Nº 75, presentada el día veinte (20) de Julio de Mil Novecientos Noventa y Tres (1.993), y nacida el día veintiuno (21) de Marzo de Mil Novecientos Noventa y Tres (1.993), del libro de Registro de Nacimiento que reposa en el archivo de la Jefatura Civil de la Parroquia San Pedro del Río del Municipio Ayacucho del Estado Táchira, y el Registro Civil Principal del Estado Táchira, en consecuencia, queda rectificada el acta de nacimiento de la adolescente antes nombrada, en virtud de que el primer nombre de la progenitora de la misma de autos es "YENSI".
b) De conformidad con lo previsto en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil se ordena la inserción integra de esta sentencia en los libros de nacimiento del año en curso, original y duplicado, llevado por la Jefatura Civil de la.....