Por los razonamientos anteriormente expuestos este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y De Protección del Niño y del Adolescente, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con lo establecido en el artículo 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil Declara SIN LUGAR el Recurso de Hecho interpuesto por el abogado CARLOS MARTINEZ, identificado up supra contra el auto dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en fecha 21 de Abril del año dos mil Seis (20-04-2006). Como consecuencia de la presente decisión se declara INADMISIBLE el recurso de apelación propuesto contra el Decreto de Intimación dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas.
Regístrese, Publíquese y Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del.....