DISPOSITIVA
Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Juzgado Superior Segundo En Lo Civil, Mercantil, Transito Y Bancario De La Circunscripción Judicial Del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la Recusación interpuesta por la abogada MARIA SOLEDAD MARCANO, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 76.039, actuando como coapoderada judicial de la parte demandada, en contra del abogado GUSTAVO POSAVA VILLA, en su condición de Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, por estar presuntamente incurso en la causal Nº 15 del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia debe conocer de la causa el abogado GUSTAVO POSAVA VILLA, en su condición de Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del est.....