CONDENA al Ciudadano YOINNER ABEL RIBEROL TOCUYO, a cumplir la pena de SIETE (07) Años Y CINCO(05) MESES DE PRISION; la cual se origina de lo siguiente: el ilícito penal de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACCION por haberlo hallado CULPABLE de la comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACCION previsto y sancionado en los artículos 458 del Código Penal, cometido en perjuicio de la Ciudadana Navit Jacinta García, mas las accesorias contempladas en el artículo 16 del mismo Código ; de conformidad con lo pautado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, dado el procedimiento por admisión de hechos aplicado en el presente asunto.Se exime del pago de costas procesales al condenado conforme a lo dispuesto en el primer aparte del artículo 272 ejusdem. Se acuerda mantener la Medida de privación Judicial Preventiva de Libertad decretada en contra del acusado, que pesa sobre el condenado; y como sitio de reclusión el Internado Judicial Penal del Estado Monagas.