es por lo que este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con los artículos 12 y 256 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa dicho acto en todas y cada una de sus partes y le da carácter de sentencia pasado con autoridad de cosa juzgada. Se suspende la medida de secuestro decretada y se ordena oficiar al Comandante Destacamento 77 de la Guardia Nacional Bolivariana de Venezuela, a fin de que hagan entrega de los vehículos dados en pago, a la empresa demandante, INVERSIONES Y TRANSPORTE ALTOS DE LA CRUZ, C.A. Devuélvanse originales de los instrumentos cambiarios objeto de la presente acción a la parte demandada. Se ordena el archivo del presente expediente.
DR. ARTURO LUCES TINEO.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
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