DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro con competencia transitoria en los Estados Nueva Esparta, Sucre, Anzoátegui y Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta sentencia en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la demanda de Medida de Protección a la Producción Agrícola (Declinatoria), interpuesto por la abogada, Sonia Bolívar Díaz, venezolana, mayor de edad, e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado (I.P.S.A) bajo el Nº 25.609, con domicilio procesal en la siguiente dirección: en Cumana, Avenida Andres Eloy Blanco, Chara San Onofre III, Guarapiche, Municipio Sucre, en contra del INSTITUTO NACIONAL DE TIERRAS y declinado por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Transito, Marítimo y Bancario del .....