Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION CABIMAS, Administrando Justicia EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la Prórroga de NOVENTA (90) días continuos, a los fines de que la Fiscal del Ministerio Público actuante, presente el Acto conclusivo respectivo, en relación al imputado de autos ciudadano ELVIS JOSE SIERRA DUARTE, titular de la cédula de identidad No. V-10.088.092, residenciado en el Municipio Lagunillas del Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la ciudadana LISNELY DEL CARMEN RIVERA, titular de la cédula de identidad No. V-15.943.313, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 79 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.....