Encontrándose este Tribunal de guardia según resolución N° CJ-001-2013 de fecha 20 de agosto 2013, emanada de la Coordinación de Jueces y Juezas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra La Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, se procede mediante auto a fundamentar decisión dictada en esta misma fecha mantiene la cual se acordó mantener la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad dictada en contra del ciudadano DEISON ALEJANDRO CHACÓN, por la presunta comisión del delito de ACTO CARNAL CON VÍCTIMA ESPECIALMENTE VULNERABLE, perjuicio de la adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), por encontrarse llenos los extremos de los artículos 236. 1, 2 y 3, y 237. 2, 3 y parágrafo primero, del Código Orgánico Procesal Penal.