DISPOSITIVA
En mérito de las motivaciones precedentemente expuestas, este Tribunal Quinto de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Juicio administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CONDENA al ciudadano JUAN JOSÉ PONTE CANELÓN, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-9.894.581, a cumplir la pena de DOS (2) AÑO Y NUEVE (9) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, por la comisión de los delitos de Asociación para Delinquir y Comercialización de Material Estratégico, establecidos en los artículos 3 y 6 de la Ley Contra la Delincuencia Organizada, en perjuicio del Estado Venezolano. SEGUNDO: No se estima tiempo probable de cumplimiento de pena por cuanto el acusado se le concedió una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad desde la sala de Juicio, consistente en presentaciones ante el Departamento de Alguacilazgo cada veintiún (21) días, como consecuencia líbrese oficio al Director de la Policía.....