Siendo ello así, el Tribunal a los efectos de impartir la Homologación de ley, luego de estudiadas las actas procesales que conforman el expediente se pronuncia de la siguiente manera:
El Abogado en ejercicio JESÚS ANTONIO RODRÍGUEZ ORDOSGOITTY, en su carácter de Apoderado Judicial de la Sociedad Mercantil Empresa EL REY DEL KIA, C.A, todos supra identificados; parte actora en el presente juicio, posee capacidad para disponer del derecho sobre el cual versa la controversia.
La parte demandada, MILANGEL HERNÁNDEZ GAGO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 12.155.241, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 75.816., en su carácter de Apoderada Judicial de la Sociedad Mercantil "Sociedad Mercantil "SERVICIOS Y SUMINISTROS DE ORIENTE, SSO, C.A", realizó personalmente tal acto; evidenciándose que los ciudadanos anteriormente descritos, poseen capacidad para celebrar dichas actuaciones y siendo que esta controversia recae sobre derechos d.....