En razón de lo antes expuesto este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara INADMISIBLE EL RECURSO DE CASACION, anunciado por el abogado David Rondón Jaramillo, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 18.455,presentada en fecha Tres (03) de Mayo de 2017, en contra de la sentencia dictada por este Juzgado, en fecha Veintisiete (27) de Abril de 2017, de conformidad con lo establecido en los artículos 312 del Código de Procedimiento Civil en virtud que no se encuentra subsumida el supuesto de admisibilidad del recurso de casación . Publíquese, Diarícese, regístrese, déjese copia certificada, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil y librase oficio de remisión. Dada, firmada y sellada en la Sala de Des fecha se publicó y registró la anterior decisión, siendo las dos pos meridiem (02:00 p.m.).
EL SECRETAR.....