DISPOSITIVA
Por todas y cada una de las razones que anteceden, y de conformidad con lo establecido en el artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, y la mencionada Sentencia vinculante, este JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY Y SANTA BÁRBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara CON LUGAR, la presente solicitud de DIVORCIO y en consecuencia de ello DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL que existe entre los ciudadanos EMMANUEL JOSE FARIAS HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-11.832.077, y de éste domicilio, y MARIBEL RENGEL ZACARIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-13.052.881, según Matrimonio Civil, celebrado en fecha 13 de julio del año 1995 por ante el Registro civil de la parroquia Altagracia del Municipio Sucre, estado Sucre, ac.....