Por los razonamientos que anteceden este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y Menores de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 12 y 243 del Código de Procedimiento Civil, declara SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado ANDRES SALAZAR UGAS, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, que declaro con lugar la oposición efectuada en fecha 15 de febrero de 2.005 por el ciudadano VICTOR MANUEL RODRIGUEZ.
En los términos expresados queda confirmada la sentencia apelada. se condena en costas a la parte perdidosa por haber sido totalmente vencida, de conformidad con el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.-
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes por haberse dictado el fallo fuera del lapso legal p.....