DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente consideradas, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Piar de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con base a lo establecido en el Artículo 27 de la Convención de los Derechos del Niño, 75 y 76 de la Constitución y 30, 367 y 523 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de FIJACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN intentada por la ciudadana LOISMAR CARIDAD RAVELLO GARCÍA, antes identificada, en representación de los derechos de sus hijos, contra el ciudadano FERNANDO ENRIQUE BETANCOURT LUNA, ya identificados, estableciéndose la obligación de manutención de la siguiente manera: La cantidad de UN MIL TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.300,00) MENSUALES, equivalentes actualmente a Diez (10) salarios mínimos, decretado por el Ejecutivo Nacional, el cual establec.....