En consecuencia, revisados los extremos necesarios y visto que se cumplen los requisitos de ley para ello, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, considera de conformidad con el artículo 2 de la Constitución Nacional y 788 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
• PRIMERO: HOMOLOGADO el CONVENIMIENTO celebrado entre los ciudadanos MIRIAM MARCANO, anteriormente identificado; actuando en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana ELENA DEL CARMEN MAURERA, plenamente identificada en autos, y el ciudadano BERNARDO RAFAEL ORTIZ, identificado anteriormente, debidamente asistido por el abogado JOSE RAFAEL ITRIAGO SANCHEZ, plenamente identificado.
• SEGUNDO: Se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada en fecha dieciséis (16) de septiembre del año 2021, cuyo Oficio será librado una vez q.....