DISPOSITIVA
En consecuencia de lo anteriormente establecido, este TRIBUNAL TERCERO DEL MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MATURIN, AGUASAY Y SANTA BARBARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO solicitada por la CIUDADANA YENIREE DEL VALLE ROSAS FIGUEREDO, venezolana, mayor de edad, civilmente hábil, titular de la cédula de identidad número 20.312.906, Abogada en ejercicio, inscrita en el instituto de previsión social del abogado bajo el N° 241.469, domiciliada procesalmente en Parque Residencial Los Samanes, La Ceiba "B", calle 4, casa N°147, del municipio Maturín estado Monagas-República Bolivariana de Venezuela usuario de la línea telefónica móvil número 0416-190-9716, email: yenireerosas20@gmail.com, actuando en su propio nombre y representación, sobre bienes propiedad del demandado la cual señalara la parte actora en su oportunidad.