DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuesto, este Tribunal Sexto de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la libertad por cumplimiento de la pena principal al penado GUILLERMO GOMEZ LABASTIDAS, portador de la cédula de identidad Nro. E-8.682.607, natural de Bogota, Colombia, mayor de edad, hijo de Miriam Labastidas (d) y Guillermo Gómez, residenciado en el Barranquilla, calle 42, No. 38-12, Apto. 203, Colombia, quedando sujeto a la vigilancia de la autoridad por una quinta parte (1/5) del tiempo de la condena, hasta el día 07-03-05, como pena accesoria, en virtud de lo cual acuerda su comparecencia por ante este Tribunal el día 21-12-04, a las nueve de la mañana, a los fines de imponerlo de que queda sujeto a presentarse una vez por mes ante la Intendencia de la Parroquia en la cual residirá, hasta que culmine el día 07-03-05. Todo de conformidad con lo establecido en el ar.....