ORDENA DEJAR SIN EFECTO lo tramitado en la Audiencia Oral y Pública del presente Asunto, iniciado en fecha 28-04-2006, y proseguido en fecha 04-05-2006, el cual se llevó en contra del acusado ciudadano MANUEL RICARDO NAVARRO CASTILLO, quien es de Nacionalidad Venezolana, natural de Maturín Estado Monagas, donde nació en fecha 31-01-84, de 22 años de edad, Estado Civil Soltero, hijo de NELYS CASTILLO (V) y de RICAUTE NAVARRO, (F) ayudante de soldador, Titular de la Cédula Identidad N° V- 16.809.519 y domiciliado en la Calle 7 N° 2 los Guaritos 6, Maturín, Estado Monagas, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR Y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 5 en relación con el artículo 6 numerales 1, 2, 3, de la Ley sobre Hurto y Robo de Vehículo Automotor y 278 del Código Penal Venezolano Vigente; de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 337 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el Artículo 17 ejus.....