Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley: ACUERDA el BENEFICIO DE REDENCIÓN JUDICIAL DE LA PENA POR EL TRABAJO, al penado EDGAR ALEXANDER MENDOZA ESTANGA, venezolano, natural de Maturín Estado Monagas, nacido en fecha 24/06/1986, de 24 años de edad, de estado civil casado, de oficios obrero, hijo de Ismenia Magdalena Estanga (V) y de Luís Hilario Mendoza (V), indocumentado pero dice ser titular de la cédula de Identidad número V-20.312.339, domiciliado en Calle 02, Casa Sin Numero, Alto Paramaconi, Maturín Estado Monagas, actualmente recluido en el Internado Judicial del Estado Monagas, por estar ajustada sus labores en el Internado Judicial de este Estado, a lo establecido en la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo o el .....