´DECISIÓN
Visto lo anterior, de conformidad con lo establecido en el Artículo 137 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado TERCERO de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas NIEGA DECRETAR la Medida Cautelar Preventiva solicitada.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho de este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, a los Veintiún (21) días del mes de Mayo de 2025. Años 215° de la Independencia y 166° de la Federación. Dios y Federación.
La Jueza Provisoria
Abg° Mayuris Elena González
Secretario (a) .....