Se ADMITE el Recurso de Apelación con fundamento en lo dispuesto en el artículo 439 numeral 5° del Código Orgánico Procesal Penal, interpuesto por los profesionales del Derecho JUAN ELIEZER RUIZ y KEILA SANCHEZ CHIRINOS, contra la decisión dictada por el Tribunal Segundo Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en funciones de Control del Estado Monagas, a cargo de la ABGA. ISPED NARANJO SUAREZ, quien en el Asunto Principal Nº NP01-P-2010-004190, en cuanto a la incorporación como prueba documental la resulta de la Rueda de Reconocimiento de Individuos, para el Juicio Oral y Público.-