Se publico sentencia Interlocutoria por medio de la cual se DECLARA: PRIMERO: DESISTIDO el presente recurso de apelación. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto apelado proferido en Primera Instancia, auto este de fecha 04 de agosto de 2015, el cual fue dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo, de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. TERCERO: Se ordena la continuidad del presente asunto en el estado o fase en el cual se encuentre en los actuales momentos.