PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y de conformidad con lo establecido en el artículo 154 del Código de Procedimiento Civil, NO IMPARTE su homologación a la TRANSACCIÓN JUDICIAL efectuada por los apoderados judiciales de ambas partes en el presente juicio que por COBRO DE BOLIVARES (VÍA EJECUTIVA), intentado por el ciudadano RAMON ARISTOBULO SALAZAR HURTADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-9.285.981, en su carácter de Presidente de la Junta Directiva de SAN MIGUEL, contra los ciudadanos PEDRO ANTONIO FARIAS MALAVE, PEDRO ANIBAL FARIAS PEREZ y EDUARDO APOLINAR CEDEÑO TORRES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.943.034, V-9.899.313 y V-9.299.276.-
Publíquese regístrese y déjese constancia en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve, así como copia par.....