En fuerza de las anteriores consideraciones, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando justicia en nombre de la Republica de Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley HOMOLOGA el desistimiento presentado por la ciudadana Rosalba J. Regardiz, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.69.012, en su carácter de apoderada judicial de la ciudadana Norgi Gibory de Delgado, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nro.8.379.125, a la MEDIDA DE EMBARGO EJECUTIVO, decretada por este Juzgado en fecha 29-09-09, CON motivo del juicio de intimación de Honorarios Profesionales de Abogado, interpuesto por la abogada YARITH CHACIN, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad Nro.8.360.973.-
No hay condenatoria en costas.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, firmada, .....