De lo anterior se deriva entonces, que no constando en autos, que los bienes embargados ejecutivamente sean propiedad de la ejecutada, así como tampoco consta en autos la certificación de gravámenes que exige el ultimo aparte del artículo 555, razón por la cual este Tribunal niega la expedición del primer cartel de remate. Y así se decide.-
MARY VIVENES VIVENES
JUEZA
MILAGRO MARÍN VALDIVIEZO
SECRETARIA
Exp. JUZ-1-PRI-N° 34.031