Por los razonamientos anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, ACUERDA OTORGAR el PERMISO DE SUPERVISIÓN ESPECIAL al Penado: PEDRO PABLO NAPOLES CENTENO, quien es Venezolano, natural de Maturín, Estado Monagas, fecha de nacimiento 29/04/1962, de 46 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Agricultor, titular de la cédula de identidad N° V-10.831.409, hijo de Eloy Nápoles y Fulgencia Centeno de Nápoles, residenciado en la Calle Principal El Barril, cerca del Balneario El Barril, casa s/n, Sector La Pica, Maturín, Estado Monagas, actualmente gozando del Beneficio de la Fórmula Alternativa al Cumplimiento de la Pena "Régimen Abierto", el cual se hará efectivo una vez el referido ciudadano suscriba el acta de compromiso de condiciones impuestas, .....