DISPOSITIVA
Por los fundamentos arriba establecidos, este JUZGADO ÚNICO EN FUNCIONES DE JUICIO CON COMPETENCIA EN MATERIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: DECLARA EL CESE DE LAS MEDIDAS DE COERCIÓN IMPUESTAS EN EL PRESENTE CASO, todo conforme a lo dispuesto en el artículo 44 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 243, 244 y 247 del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el artículo 264 ejusdem, que pesaban sobre CARLOS ANTONIO MOSQUERA BAPTISTA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 7.889.337, hijo de Rosa Baptista y Carlos Mosquera, domiciliado en la Urb. La Clup hipico ,calle 121, av. 74B, casa 74B-121 del Municipio Maracaibo estado Zulia, SEGUNDO: MANTIENE LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN PARA LA VICTIMA, establecidas en el articulo 87 ordinales 5° y 6° de la Le.....