Por todas estas razones antes señaladas, este Juzgado de los Municipio Sotillo, Libertador y Uracoa de la Circunscripción Judicial del  Estado  Monagas, Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA  Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con base en los Artículos 185-A del Código Civil y 12 del Código de Procedimiento Civil, declara CON LUGAR  la acción de Divorcio intentada por los Ciudadanos:  DANIEL JOSE MEJIAS  Y YULEIMA JOSEFINA HERNANDEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros 6.611.027 Y 11.212.079, respectivamente  domiciliados  en la Población  de Temblador, Municipio Libertador del Estado Monagas, por consiguiente disuelto el vinculo matrimonial que los unía.-DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, no existen bienes que liquidar.-  
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA.-
Dado, firmado, sellado  y refrendado en la sala del Juzgado de los Municipios Sotillo, Libertador y Uracoa de la  Circunscripción  Judicial del Estado Monagas, en B.....