Por la razones de Hecho y de Derecho anteriormente explanadas este Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente demanda de Desalojo intentada por el Ciudadano: HECTOR LUIS ORDAZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.544.900, de este domicilio, Asistido por el Abogado: MIGUEL ANGEL GOLINDANO, Venezolano, mayor de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° V-12.147.351 e inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 91.652 de este domicilio, contra la ciudadana: ISABEL RAMONA GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de La Cedula de Identidad N° v-8.379.487 y de este domicilio.
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Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despachos del Juzgado Primero .....