Por las razones antes señaladas, este Juzgado de los Municipios Sotillo, Libertador y Uracoa de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, con base en los Artículos 185-A del Código Civil, 12 del Código de Procedimiento Civil; declara CON LUGAR la acción de Divorcio intentada por los ciudadanos: VICTOR ALFREDO GARCÍA ALFONZO y LILIA JOSEFINA FIGUEROA LAREZ, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles, cónyuges, titulares de la cédula de identidad N° V- 8.324.026 y V- 11.207.270, respectivamente, domiciliados el primero en el sector Guayabal, calle Carlos Andrés Pérez, casa S/n y la segunda en el sector Brisas III, calle Rivas, casa S/n Temblador, Municipio Libertador del Estado Monagas.-
Por consiguiente disuelto el vinculo matrimonial que los unía.- DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, no existen bienes que liquidar.-----
PUBLIQUESE, REGIST.....