Se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano (IDENTIDAD OMITIDA), venezolano, soltero, de 19 años de edad, Indocumentado, domiciliado en la Avenida Principal de San Rafael, Casa s/n Tucupita Estado Delta Amacuro, por la presunta comisión del delito de BENEFICIO DE GANADO previsto y sancionado en el artículo 8 de la Ley de Protección a la Actividad Ganadera, en perjuicio del ciudadano Estalin Enrique Jiménez Castillo, por PRESCRIPCION DE LA ACCIÖN PENAL de conformidad con lo establecido en los artículos 615, 561 literal "d" de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.