DISPOSITIVA.
En conclusión y por todos los razonamientos expuestos, es por lo que este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al penado ALI AHMAD SULEIMAN titular de la Cédula de Identidad número V-15.902.67415, por un tiempo de Un (01) Año, siguiendo la pauta del Artículo 494 del Código Orgánico Procesal Penal contados a partir de la notificación del penado de la presente decisión. En consecuencia líbrese Copia Certificada de la decisión al Jefe del Departamento de Vigilancia y Ejecución de Sanciones Penales, al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo Al Sistema Penitenciario. Asimismo Remítase oficio al Director del Cuerpo de Bomberos del Municipio Maturín, en función de que el penado cumpla con la condición impuesta, quedando Estado Mo.....