DISPOSITIVA:
Este Tribunal Segundo de Control Sección Adolescentes, Administrando Justicia en Nombre de la república Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, vista la admisión de los hechos realizada por el adolescente IDENTIDAD OMITIDA, lo condena a cumplir una sanción por el lapso de Un (01) Año bajo la MEDIDA LIBERTAD ASISTIDA Y Tres (03) Meses, bajo la MEDIDA SERVICIO A LA COMUNIDAD, prevista en el Artículo 626 y 625 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño Niña y del Adolescente, por la comisión del delito ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN previsto y sancionados en el artículo 458 del Código Penal en concordancia con el articulo 84 ordinal 3°, que cumplirá por ante la entidad que el Tribunal de Ejecución determine. Se deja sin efecto la orden de captura acordada en su oportunidad. Cesa la Medida de Privación Judicial que pesa en su contra y se ordena su Libertad desde la sede de este Circuito Judicial Penal. Remítanse las presentes actuaciones al tri.....