Por los razonamientos que anteceden este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 242 del Código de Procedimiento Civil y los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, PRIMERO: SE HOMOLOGA el desistimiento efectuado en fecha en fecha veintiocho (28) de octubre del 2025 por la abogada INES MARIA ROJAS GASCON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.696.320 abogada en ejercicio debidamente inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 121.231. SEGUNDO: Se deja sin efecto el oficio N° S2-CMTB-2025-149 de fecha veintiuno (21) de octubre del 2025 emitido por este Tribunal Superior Segundo en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Monagas. TERCERO: S.....