Por los fundamentos expuestos, este Tribunal de Los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: a) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de OFRECIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION, intentada por el ciudadano ANGEL GABRIEL MANRIQUE LOPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N ° V ¿ 11.008.670, en contra de la ciudadana AURA JUSTINA ROJAS VELASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N º V ¿ 11.012.198, a favor de los niños LAURA SABRINA MANRIQUE ROJAS, ANGEL GABRIEL MANRIQUE ROJAS, y LOURDES GABRIELA MANRIQUE ROJAS ya identificados. Ahora bien para establecer el monto de la pensión de obligación de manutención este Juzgador, atendiendo a las necesidades de los niños de autos, y la capacidad económica de las partes, fija como pensión mensual de Obligación de Manutención la cantidad equivalent.....