Este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley decreta : PRIMERO: La aprehensión en flagrancia del ciudadano ALBERTO JOSE TOLEDO ZERPA, Venezolano, Titular de la Cedula de identidad Nº V-13.813.786 Natural de Guiria de la Costa estado Sucre, nacido en fecha 08/11/1976, de 35 años de edad, y de oficio: OBRERO, Estado Civil: soltero, con Grado de Instrucción: 4to año, hijo de: Josefina Inocencia Díaz de Padrón (f) y de Alberto José Toledo (f), con domicilio en: Carrera 05, Numero 40 del Sector El Silencio de Campo Alegre, Municipio Maturín del Estado Monagas, por la presunta comisión de los delitos de AMENAZA previsto y sancionado en el artículo 41 en su encabezamiento y segundo aparte con la agravante establecida en el articulo 65 ordinal 3 y el delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO establecido en el articulo 40 todos de la Ley Orgánica sobre el Derecho a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana.....