DISPOSITIVO
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la causante ciudadana Ralia del Carmen Sánchez de Delgado, quien en vida fue venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.098.311, a los ciudadanos María Eugenia Delgado Sánchez, Hernan Rafael Delgado Sánchez, Franzel Rafael Delgado Sánchez, Lilia Beatriz Delgado Sánchez, Andreina María Delgado Sánchez y Ralia del Carmen Delgado Sánchez, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. 13.742.603, 5.812.715, 5.829.694, 7.619.051, 7.761.926 y 7.893.237, respectivamente, en su condición de hijos. Se dejan a salvo los derechos de terceros.